Sunafil: Trabajadores que realicen labores al aire libre deben recibir elementos de protección solar

Sunafil: Trabajadores que realicen labores al aire libre deben recibir elementos de protección solar

Los más expuestos son quienes se dedican a la construcción, agricultura, pesca, parques y jardines; y limpieza pública.

Ante el anuncio sobre los altos niveles de radiación ultravioleta, que son peligrosos para la salud de las personas, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que hay ciertas actividades económicas, cuyos trabajadores tienen una mayor exposición por laborar al aire libre: los que trabajan en construcción, agricultura, industria pesquera, transporte y mantenimiento de espacios verdes, así como los que se dedican a la limpieza de calles.

Los empleadores de este personal deben considerar la entrega de ciertos elementos de protección solar, como son: sombreros de ala ancha, protectores de nuca, gorros, lentes de sol con protección UV 400, bloqueadores solares con FPS mayor a 50, entre otros.

Esta información es relevante ya que, según lo indicado por el SENAMHI, la radiación oscilará en la costa, entre los índices del 8 al 15; en la región Andina entre 11 y 19; y en la selva, entre 9 y 14. Y, como se sabe, la alta radiación puede producir cáncer a la piel, además de alteraciones en los ojos, como cataratas, entre otros.

De manera preventiva, la Sunafil ha orientado a 6,622 trabajadores y 493 empleadores, durante el 2024, en estándares de higiene ocupacional, los cuales están encaminados a conocer, evaluar y controlar los agentes y factores ambientales del trabajo, que puedan ocasionar enfermedades o afectar la salud del trabajador.
No obstante, los empleadores también tienen ciertas obligaciones en relación a este tema, que serán detalladas a continuación:

o Informar y sensibilizar al personal a su cargo, acerca de los riesgos por la exposición a la radiación solar y la manera de prevenir los daños que esta pueda causar.
o Disponer que las actividades institucionales, protocolares, deportivas, religiosas, cívicas o de cualquier otra índole, se realicen en ambientes protegidos de la radiación solar y se efectúen entre las 8:00 y las 10:00 horas o a partir de las 16:00 horas.
o Proveer el uso de instrumentos, aditamentos o accesorios de protección solar, como los señalados anteriormente.
o Disponer la instalación de carteles, avisos o anuncios en lugares expuestos a la radiación solar en su jurisdicción, donde se incluya el siguiente mensaje: “La exposición prolongada a la radiación solar produce daño a la salud”.
o Promover acciones de arborización que permitan la generación de sombra natural en su jurisdicción.
La Sunafil continuará informando de manera preventiva, con la finalidad de que los trabajadores puedan laborar de forma óptima, durante los meses más calurosos del año.

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